Las EPS son las entidades encargadas de brindar o prestar los servicios de salud enunciados dentro del plan obligatorio para beneficio de sus afiliados. Su función esencial es garantizar a sus afiliados la prestación oportuna, con calidad y eficiencia de los servicios de salud.
La Ley 1805 de 2016 tiene como propósito ampliar la presunción de legalidad en la donación de componentes anatómicos, órganos, tejidos y líquidos orgánicos para fines de trasplantes.
Las entidades del sector salud y las cajas de compensación del Grupo 2 aplicarán su marco normativo a partir del 2017; así lo establece el artículo 2 del Decreto 2496 de diciembre 23 del 2015 a través del cual se agregó un nuevo Capítulo 4, al Título 4, de la Parte 1, del Decreto Único 2420 de diciembre 14 del 2015 sobre Estándares Internacionales de Información Financiera y NAI.
DIAN. La DIAN recuerda que en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, los prestadores de servicios de salud deben presentar a las entidades responsables del pago, las facturas con los soportes que de acuerdo con el mecanismo de pago, establezca el Ministerio de la Protección Social.
¿Qué retención en la fuente se debe practicar a una IPS que presta el servicio de exámen médico ocupacional de ingreso, audiometría y visiometría a los empleados de la empresa?
Ministerio de Salud y Protección Social. Recordó que en la presentación de las cuentas de cobro por parte de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud -IPS-, ante las entidades responsables del pago se debe procurar la protección de datos.
Una IPS dedicada a la prestación de servicios de salud ocupacional entre los que se encuentran: examen médico ocupacional, optometrías, audiometrías, electrocardiograma y glicemia, ¿podría considerarse beneficiaria de la tarifa del 2% de retención en la fuente por renta, señalada en el inciso quinto del artículo 392 del ET?
Ministerio de Protección Social. Por la cual se establecen los términos, formatos y requisitos para el reconocimiento y pago de los recobros y las reclamaciones en virtud de lo dispuesto en el literal c) del artículo 73 de la Ley 1753 de 2015.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Tratamiento contable de un Mamógrafo recibido por una IPS para el desarrollo de un convenio de asociación.
Ministerio de Protección Social. Por el cual se establece el mecanismo de reconocimiento y pago de servicios de salud a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPS públicas colombianas en el cordón fronterizo Colombo – Ecuatoriano y se dictan otras disposiciones.
DIAN. A los pagos o abonos en cuenta realizados por la prestación del servicio de salud ocupacional por parte de una IPS, no les es aplicable la tarifa de retención en la fuente del 2% señalada en el inciso 5 del artículo 392 del ET.
Se inyectarán cerca de $800.000 millones al sistema de salud colombiano. Las EPS beneficiarias de los créditos deberán destinar los recursos al saneamiento y/o reestructuración de los pasivos que tienen con las IPS.