El periodo de prueba es el tiempo en el cual el empleador puede valorar las aptitudes del trabajador y la capacidad del mismo para desempeñar y cumplir con las funciones del cargo para el cual ha sido contratado. Además de lo anterior, en este lapso el empleador también puede analizar la personalidad y la actitud del empleado hacia los demás trabajadores y hacia los clientes de la organización; de esta forma, puede determinar si el empleado podría satisfacer las necesidades de la empresa y tomar una decisión sobre la continuación del contrato establecido con el trabajador.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 789 de 2002, las empresas privadas que desarrollen cualquier actividad económica diferente a la construcción y que tengan una nómina de mínimo quince (15) empleados, están obligadas a vincular aprendices para desempeñen labores que requieran formación académica o profesional metódica y completa en la actividad económica que desempeñan las mismas.
De acuerdo con lo establecido en la ley, se consideran modalidades de contrato de aprendizaje:
El contrato de aprendizaje es una forma especial dentro del derecho laboral, en donde una persona recibe formación teórico-práctica en una institución autorizada por el Gobierno para tal fin, a cambio de que una empresa patrocinadora facilite los medios necesarios para que éste adquiera la formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación propia de su estudio.
Crear empresa en Colombia exige una serie de requisitos de carácter comercial, laboral, tributario y de funcionamiento; en el presente artículo se observan detalladamente los requisitos de tipo laboral que deben cumplirse para crear y mantener una empresa.
CONTRATO LABORAL CONTRATO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS El trabajador deberá prestar personalmente el servicio, en beneficio del empleador; es decir, la actividad a realizar la ejecutará el mismo. Se pacta para la ejecución de una labor específica, que la persona desarrollará de acuerdo a su experiencia, capacidad y formación de una materia en particular. […]
Cuando el trabajador pacta con el empleador un contrato a término fijo, dicho contrato se puede extender por un periodo igual o inferior al inicialmente establecido. Cuando ninguna de las partes expresa su deseo de dar por finalizado el contrato, la prórroga o continuidad del contrato se dará de forma automática.
También puede consultar: ¿Qué es un contrato de trabajo? ¿Qué clases de contratos de trabajo existen? ¿Cuáles son las prórrogas permitidas a los contratos de trabajo? ¿Cuáles son las diferencias entre un contrato laboral y un contrato por prestación se servicios? Normatividad Utilizada: Artículo 38, 39, 46 y 47 del Código Sustantivo del Trabajo
El artículo 45 del Código Sustantivo del Trabajo establece las siguientes clases de contrato: