Mediante la presente ley se implementa el período en el cual se permitirá la extracción de mercurio.
La presente norma tiene como objetivo proteger la salud humana y el medio ambiente de las emisiones de mercurio; por ende, se plantea que en el momento de la entrada en vigor del presente convenio se permitirá en los territorios en los cuales actualmente se estén realizando actividades de extracción primaria de mercurio la extracción únicamente por un período de hasta 15 años después de la fecha. Finalmente, el mercurio producido durante este período será destinado únicamente para la fabricación de productos con mercurio añadido.