Con su nuevo concepto 23888 de Abril 4 de 2011, y luego de estudiar documentos del Congreso, la DIAN concluyó que la medida contenida en el artículo 295-1 del Estatuto Tributario se estableció para beneficio de las Cooperativas y no de sus asociados y por tanto es la Cooperativa la que restaría, en el cálculo de su impuesto al patrimonio, el valor patrimonial neto de los aportes recibidos de sus asociados. Como sea, esto puede traer algunas complicaciones a la hora de su aplicación práctica.