Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: liquidación de vacaciones

Concepto 135351 de 13-06-2017

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 13 junio, 2017

Cuando a un funcionario le compensan las vacaciones en dinero, éstas deben liquidarse y pagarse computando los mismos 15 días hábiles contabilizados a partir de la fecha de inicio del descanso; es decir, 15 días hábiles incluidos, para efecto de su pago, los domingos y feriados contenidos entre el primero y el quinceavo día hábil; de lo contrario, el empleado público estaría en notable desigualdad frente a los que disfrutaron el descanso de los 15 días hábiles de vacaciones.

Horas extras y recargos nocturnos en la base de liquidación de vacaciones

Derecho Laboral, RESPUESTAS Publicado: 3 abril, 2017

¿Los pagos por concepto de horas extras y recargos nocturnos forman parte de la base para liquidar las vacaciones?

Concepto 1200000-169311 de 26-09-2016

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 26 septiembre, 2016

Ministerio del Trabajo. Aclaración del descuento de la liquidación de vacaciones al momento de realizarse la liquidación definitiva.

Base para calcular vacaciones

Derecho Laboral Publicado: 13 julio, 2015

La base para liquidar las vacaciones es el salario ordinario percibido por el trabajador, el último día de labor al inicio del período del descanso remunerado teniendo en cuenta que los parámetros para la liquidación de las vacaciones están considerados en el artículo 192 del Código Sustantivo del Trabajo –CST– en el que determina de manera expresa que se excluirán el valor del trabajo suplementario o de horas extras, y el valor del trabajo en días de descanso obligatorio, bajo el sustento de que las vacaciones no son una prestación social, sino un descanso remunerado.

Vacaciones iniciadas en el 2012 y terminadas en el 2013 con smmlv, ¿deben reajustarse?

CASOS PRÁCTICOS, Derecho Laboral Publicado: 22 enero, 2013

Son muchos trabajadores de salario mínimo que inician vacaciones en diciembre y las terminan en enero cuando hay nuevo salario mínimo. ¿Deben reliquidarse o reajustarse los valores pagados por vacaciones?

Incapacidad, no corre fecha para determinar el derecho a vacaciones

ACTUALIDAD, Derecho Laboral Publicado: 27 marzo, 2012

De manera inaudita, una empresa de aseo en la ciudad de Cali, a sus más de 200 trabajadores les modifica unilateralmente la fecha para determinar el momento en que nace el derecho a vacaciones bajo el argumento de que las incapacidades desplazan fechas.

[Infografía] ¿Cómo se pagan las vacaciones compensadas?

ACTUALIDAD, Derecho Laboral Publicado: 5 octubre, 2011

Cuando el trabajador solicita la compensación hasta de la mitad de las vacaciones a que tiene derecho en dinero, sólo se le entrega el día que empiece a disfrutar físicamente el resto.

Vacaciones compensadas, se deben pagar sólo en el momento que se disfruta la otra parte

ACTUALIDAD, Derecho Laboral Publicado: 4 octubre, 2011

Cuando el trabajador solicita la compensación hasta de la mitad de las vacaciones a que tiene derecho en dinero, sólo se le entrega el día que empiece a disfrutar físicamente el resto. Recuerde que la compensación en dinero es un acto consensual y no un derecho autónomo del trabajador.

Si las Vacaciones las disfruta en Enero, con qué salario las liquido ¿El de 2008 o el de 2009?

ACTUALIDAD, Derecho Laboral Publicado: 13 enero, 2009

Enero es un mes de mucha contratación laboral, por ende, en el mismo mes del año siguiente una buena cantidad de trabajadores disfrutan de de sus Vacaciones. En este mes hay un alza general de salarios, entonces, ¿qué salario se debe utilizar para liquidarlas? ¿El del 2008 o el nuevo del 2009?

Vacaciones disfrutadas o pagadas, ¿tienen distinto valor económico?

ACTUALIDAD, Derecho Laboral Publicado: 12 agosto, 2008

Aunque parezca ilógico, son distintos los valores pagados por vacaciones. En un caso cuando se liquidan y se disfrutan con una continuidad laboral y otro valor cuando la persona no alcanza a disfrutarlas efectivamente y son pagadas a través de la liquidación.

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