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Etiqueta: liquidación sucursal de sociedad extranjera

Oficio 220-031119 de 26-02-2018

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 26 febrero, 2018

La Supersociedades precisa que, al ser la sucursal una extensión de la sociedad extranjera que adolece de personería jurídica, su liquidación se circunscribe a la liquidación de los negocios en el territorio nacional, mediante la venta de los bienes afectos a la actividad realizada en el país por la sociedad extranjera. Por la misma razón, no es posible hablar de disolución, y por ende procede la inscripción de la decisión por parte de la matriz de liquidar los negocios de su sucursal, no de la disolverlos. En consecuencia, a partir de dicha inscripción deberá agotarse en lo pertinente el procedimiento de liquidación establecido en el Código de Comercio (artículos 225 y siguientes) y anunciarse con la expresión “en liquidación». Cabe señalar que podrá designarse como liquidador de una sucursal de sociedad extranjera a un extranjero, siempre y cuando el objeto de la sociedad no consista en un servicio público o en una actividad declarada como de interés nacional, tal como lo señala el artículo 473 del Código de Comercio.

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