El artículo 109 de la Ley 1819 de 2016 modificó el artículo 260-7, el cual establece que desde 2017 y en adelante no seguirá existiendo un solo listado de paraísos fiscales, sino dos: el de jurisdicciones no cooperantes de baja o nula imposición, y el de regímenes tributarios preferenciales.
El Gobierno nacional no ha emitido decreto para actualizar el listado de países y/o territorios que serán considerados paraísos fiscales durante 2019. En consecuencia, si no hay novedad al respecto antes de que termine el año en curso, durante 2019 el listado de dichos países seguirá siendo el mismo.