Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Cuál es la forma correcta de hacer un llamado de atención por parte de la empresa al trabajador?
Se han realizado dos diligencias de descargos a un trabajador, hace dos años. Últimamente no ha tenido ningún inconveniente. ¿Se le puede despedir de forma imprevista amparándose en los dos llamados de atención antiguos?
Mi consulta es respecto a la presentación personal. Actualmente en el almacén hay una vendedora con la que tenemos inconvenientes con el aseo personal. En repetidas ocasiones se han realizado reuniones a todo el personal, pero no se realizaron actas, no hay nada por escrito. ¿Es viable que le haga un llamado de atención? Si no cambia, ¿se le puede despedir?