Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: marca tridimensional

Concepto 17389333 de 03-01-2018

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 3 enero, 2018

La figura de la marca tridimensional es legal de acuerdo a la Decisión 486 de 2000, y se encuentra perfectamente reglamentada tanto en la mencionada norma como en la jurisprudencia andina. Esta figura está ligada al concepto de volumen, es decir, es un elemento que protege las tres dimensiones, y es de esta forma que se debe entender la aplicación de los derechos concedidos a su titular. Lo anterior, nos permite establecer que el titular de una marca tridimensional tiene la facultad de impedir que sus competidores usen la forma tridimensional de su propiedad, ya que un uso no autorizado podría colocar en riesgo de confusión a los consumidores. En cuanto a la comparación de las figuras de la marca tridimensional con el diseño industrial, es pertinente precisar que del análisis conceptual de las mismas se evidencia que no se puede equiparar el requisito de distintividad que se requiere en temas de marcas, con la novedad que se le pide a los diseños industriales que pretenden ser registrados, ello, en la medida en que uno y otro se enfocan a características diferentes del objeto a proteger. Es claro entonces, que estos dos conceptos son diferentes y pertenecen a figuras claramente distintas, contando con un papel fundamental dentro de las áreas de la propiedad industrial, y buscando cada una de ellas la protección de elementos diferentes de la creación del intelecto.

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