En aras de promover las exportaciones y promover la dinámica industrial de Colombia nace la necesidad de establecer mecanismos que faciliten el ingreso de mercancías al país en importación temporal para procesamiento industrial, cuando los bienes resultantes de dicho proceso sean destinados a la exportación.
Por ello, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo emite la resolución 0524, donde se exonera de registro y licencia de importación a industrias que importen chasises de la partida 87.06 del arancel de aduanas en importación temporal para la producción de vehículos destinados a la exportación. Cabe resaltar que dichas industrias deberán acreditar ante la autoridad aduanera que se trata de importaciones temporales para procesamiento industrial.