Los artículos 2 a 6 de la Ley 1780 de mayo 2 del 2016, mejor conocida como Ley Projoven, establecen la exoneración en el pago de la matrícula mercantil y su renovación del primer año para las nuevas empresas, tanto de personas naturales como jurídicas, pero conformadas por personas menores de 35 años. Esas mismas nuevas empresas también pueden disfrutar de los beneficios tributarios que aún concede la Ley 1429 del 2010.
La Cámara de Comercio de Bogotá -CCB- espera que unos 300.000 empresarios y comerciantes renueven el registro durante los últimos días de marzo. Quienes no cumplan con esta obligación pueden recibir sanciones por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio con multas hasta por $11,7 millones de pesos.
Se aproxima el plazo máximo para realizar la renovación de la matrícula mercantil. Conozca la información que debe tener al alcance de la mano para realizarlo, sea virtual o presencial, y evite que la Superintendencia de Sociedades le imponga una sanción.
La Superintendencia de Industria y Comercio hace un llamado a los comerciantes para que renueven su matrícula mercantil y la de sus establecimientos de comercio antes del 31 de marzo del 2016, plazo establecido por la ley, y de esta manera eviten las correspondientes sanciones.
¿Qué se debe tener en cuenta al momento de registrar la matrícula de un establecimiento de comercio?
Con esta plantilla se puede definir el valor de lo que costaría la renovación de la matrícula mercantil y de los establecimientos de comercio durante el 2016 en cualquier Cámara de Comercio de Colombia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 2.2.2.46.1.1 y 2.2.2.46.1.2 del Decreto Único 1074 de mayo del 2015.
Los comerciantes deben renovar anualmente la Matrícula Mercantil e informar a la respectiva Cámara de Comercio cuando pierda la calidad de comerciante o cualquier otro cambio en su actividad comercial. De igual manera, mínimo una vez al año, para el 31 de diciembre, las sociedades deben cortar sus cuentas, preparar y difundir los estados financieros de propósito general, debidamente certificados.
Supersociedades. Recordó que la cancelación de la matricula supone la liquidación y desaparición de la sociedad.
Supersociedades. Sobre la renovación de la matrícula mercantil en relación con el artículo 31, numeral 1 de la Ley 1727 del 2014 y el incumplimiento continuo de renovación durante los últimos 5 años.
Todo establecimiento de comercio debe registrarse ante la cámara de comercio del domicilio donde desarrolla funciones, en un plazo no superior a 30 días.
Sociedades limitadas solo podrán existir con un mínimo de 2 socios; ceder la totalidad de las cuotas sociales a un socio cuando solo existen dos, vulnera el requisito de constitución.
Las decisiones de la Sociedad, incluida la de liquidación, solo serán efectivas ante terceros cuando el acta se inscriba en el registro mercantil.