La NIC 41 y la sección 34 permiten identificar que los activos biológicos deben medirse bajo el método del valor razonable, en el caso de las pymes si esto genera un costo o esfuerzo desproporcionado se puede optar por el método del costo, teniendo en cuenta la depreciación y el deterioro.
Los activos biológicos, como el ganado, cuyo valor razonable se pueda establecer sin un costo desproporcionado, deben ser medidos al valor razonable, por disposición del párrafo 34.4 de la Norma para Pymes. En este editorial le presentamos un caso en el cual se aplica este modelo.