¿Qué criterios de reconocimiento debe tener en cuenta y qué registros debe realizar una microempresa que efectúa un anticipo a un proveedor que no entrega mercancía ni regresa el anticipo por problemas de liquidez?
¿Qué criterios debe tener en cuenta una microempresa para el tratamiento de cartera?; cuando esta se considera deteriorada, ¿qué registros debe hacer?
Los bienes que integran las propiedades, planta y equipo de una organización, sobre todo de tipo industrial y comercial, suelen tener un valor significativo frente a los demás ítems que conforman el estado de situación financiera. A continuación se detallan algunos puntos a tener en cuenta y ejercicios prácticos.
Una microempresa que no logró finalizar su proceso de convergencia según el cronograma legal, ¿en el año 2016 debe iniciar aplicando NIF para microempresas según el Decreto 2706 o debe hacer todo el proceso de transición desde ese año 2016?
El nuevo marco normativo que le corresponde a las microempresas, es más sencillo que los otros dos correspondientes a pymes y plenas, en este editorial; le presentamos una síntesis de algunos de los aspectos más importantes que hay que tener en cuenta.
Las Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF– son estándares para el reconocimiento, medición, presentación y revelación de información financiera, emitidos por el International Accounting Standards Board –IASB– (Junta de Normas Internacionales de Contabilidad). La Sigla NIIF es leída en inglés como International Financial Reporting Standards –IFRS.
Las copropiedades, al igual que todas las organizaciones del país, deben evaluar a cuál de los tres nuevos grupos de clasificación empresarial pertenecen; si su pequeño tamaño le permite alojarse en el Grupo 3, aplicará contabilidad simplificada.
Al momento de implementar NIIF en una pyme se pueden encontrar procedimientos muy costosos y que no aportan mejoras en la transparencia y la calidad de la información; por tanto, la compañía puede omitirlos.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Implementación voluntaria del marco normativo para pymes (grupo 2) siendo miembro, por condiciones económicas, del grupo microempresas (grupo 3); cronograma a seguir.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Se indica el proceso que debe seguir una empresa del grupo 3 para hacer parte voluntariamente del grupo 2 de la convergencia a NIIF.
Los numerales 4.7 y 4.8 del anexo contenido en el Decreto 2706 del 2012 establecen la estructura y contenido del Estado de Situación Financiera que deben elaborar las microempresas al final del período.
Una pyme o microempresa, por el simple hecho de ser importadora o exportadora, no pertenecerá al Grupo 1. Hay ciertas características que deben cumplirse y conjugar con cualquiera de los cuatro ordinales establecidos en el literal c) del párrafo 48 del documento de Direccionamiento Estratégico del 2012.