Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Concepto 050069 de 29-12-2016

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 29 diciembre, 2016

Respecto a la viabilidad del cobro y recaudo por vendedores ambulantes y estacionarios por parte del municipio El Doncello (Caquetá), el Ministerio de Hacienda señala que desconoce el fundamento legal de un impuesto que grave de manera puntual a los vendedores y estacionarios; no obstante, debe tenerse en cuenta que este tipo de actividades pueden ser gravadas con el impuesto de industria y comercio en la medida en que se encuentran comprendidos dentro del hecho generador del mismo, como es la realización de actividades industriales, comerciales o de servicios, independientemente de la forma en que se ejerzan. De acuerdo con lo anterior, se podría concluir que siendo las ventas ambulantes una actividad comercial, la misma puede ser gravada con el ICA y, por tanto, es posible adecuar los elementos impuestos con medidas especiales, sobre todo en lo referente a tarifas y cumplimiento de las obligaciones formales, de manera que se facilite el recaudo del impuesto. Así las cosas, el ministerio sugiere incorporar actividades dentro de la reglamentación del impuesto de industria y comercio, y no como un impuesto independiente.

Decreto 4048 de 22-10-2008

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 22 octubre, 2008

Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

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