Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: Ministerio de Transporte

Resolución 20223040072375 del 30-11-2022

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 30 noviembre, 2022

Ministerio de Transporte Resolución 20223040072375Noviembre 30 de 2022 Con la Resolución 20223040072375 del 30 de noviembre de 2022, el Ministerio de Transporte estableció la base gravable de los vehículos automotores para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2023.  Para descargar este documento en PDF, haz clic aquí (8,4 Mb) […]

Decreto Ley 575 del 15-04-2020

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 15 abril, 2020

A través del Decreto Ley 575 de 2020, el Ministerio de Transporte estableció mecanismos que permitan mitigar los efectos económicos adversos de la pandemia del COVID-19 en los sistemas de transporte masivo, tendientes a apoyar financieramente la operación de los sistemas de transporte público masivo para garantizar la prestación del servicio público de transporte terrestre en los territorios donde operan estos sistemas.

Adicionalmente, este decreto crea beneficios tributarios para aquellos contribuyentes que realicen inversiones en el sector de transporte aeronáutico por un valor igual o superior a 2.000.000 UVT ($71.217.000.000).

Resolución 0005801 de 29-11-2019

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 29 noviembre, 2019

De acuerdo con el artículo 143 de la Ley 488 de 1998, la base gravable del impuesto de vehículos automotores está constituida por el valor comercial de los vehículos gravados, el cual debe establecerse anualmente mediante la resolución expedida por el Ministerio de Transporte en noviembre del año inmediatamente anterior al gravable. Por ello, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 0005801 del 29 de noviembre de 2019, para establecer la base gravable de los vehículos automotores para la vigencia fiscal 2020.

Resolución 0005480 de 30-11-2018

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 30 noviembre, 2018

De acuerdo con el artículo 143 de la Ley 488 de 1998, la base gravable del impuesto de vehículos automotores está constituida por el valor comercial de los vehículos gravados, el cual debe establecerse anualmente mediante la resolución expedida por el Ministerio de Transporte en el mes de noviembre del año inmediatamente anterior al gravable. Por ello, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 0005480 del 30 de noviembre de 2018, para establecer la base gravable de los vehículos automotores para la vigencia fiscal 2019.

Resolución 1311 de 27-04-2018

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 27 abril, 2018

El fondo de subsidio de la sobretasa a la gasolina se encuentra financiado con el 5% de los recursos que recaudan los departamentos por concepto de sobretasa a la gasolina. Dichos recursos serán destinados a los departamentos de Amazonas, Choco, Guainía, Guaviare, Norte de Santander, Vaupés, Vichada y el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, según lo dispuesto en la Ley 488 de 1998.
Cada departamento debe suscribir convenios con entidades financieras para la declaracion y el giro de los recursos; dichas entidades, una vez reciban los recursos, deben efectuar el giro inmediato a la cuenta bancaria dispuesta por el Ministerio de Transporte para dicho fin, a más tardar el quinto día calendario posterior a la fecha de recaudo.

Resolución 0005476 de 30-11-2017

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 30 noviembre, 2017

De acuerdo con el artículo 143 de la Ley 488 de 1998, la base gravable del impuesto de vehículos automotores está constituida por el valor comercial de los vehículos gravados, el cual debe establecerse anualmente mediante la resolución expedida por el Ministerio de Transporte en el mes de noviembre del año inmediatamente anterior al gravable. Por ello, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 0005476 del 20 de noviembre de 2017, para establecer la base gravable de los vehículos automotores para la vigencia fiscal 2018.

Concepto 201713494474261 de 09-11-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 8 noviembre, 2017

El Ministerio de Transporte señala que el pago del impuesto de vehículos recae exclusivamente sobre la propiedad de los automotores, indistintamente que el vehículo gravado esté o no circulando y, en consecuencia, es necesario precisar que el pago de dicho tributo, contenido en la Ley 488 de 1998, difiere en su naturaleza jurídica del marco legal a la circulación vehicular, sin ser excluyentes uno del otro. De igual manera, reitera que no procede la circulación de vehículos tipo cuatrimoto en las vías primarias y secundarias, ya que el ordenamiento legal vigente para vehículos de estas características técnicas permite su circulación únicamente en vías privadas y/o terciarias.

Proyecto de resolución para reglamentar la administración del Fondo del Subsidio de la Sobretasa a la Gasolina

Impuestos, NORMATIVIDAD, Proyectos Publicado: 29 junio, 2017

Por la cual se reglamenta la administración del fondo del subsidio de la sobretasa a la gasolina.

Resolución 0005132 de 30-11-2016

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 30 noviembre, 2016

Ministerio de Transporte. Mediante el cual se establece la base gravable de los vehículos automotores para la vigencia fiscal 2017.

Concepto 20164000424381 de 28-09-2016

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 28 septiembre, 2016

Ministerio de Transporte. Comparendos por SOAT y condiciones técnicomecánicas de conformidad con el Código Nacional de Transito Terrestre.

Concepto 20164000424031 de 27-09-2016

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 27 septiembre, 2016

Ministerio de Transporte. Formalidad en el transporte público.

Concepto 20161340404631 de 14-09-2016

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 14 septiembre, 2016

Ministerio de Transporte. Infractor de tránsito que incumpla un acuerdo de pago no podrá suscribir otro sobre este, pues se prohíbe a las empresas estatales de cartera celebrar acuerdos con los deudores que aparezcan reportados en el boletín de deudores morosos por el incumplimiento.

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