Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

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Decreto 1533 de 21-08-2019

Decreto, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 21 agosto, 2019

De acuerdo con las bases del Plan Nacional de Desarrollo por la vigencia 2018 – 2022, el Gobierno nacional se ha planteado como estrategia para el logro de los objetivos en materia de vivienda social la continuidad del programa “Mi Casa Ya”, para lo cual el Ministerio de Vivienda expide el Decreto 1533 de 2019. A través de este decreto el ministerio efectúa ajustes relacionados con la vigencia del subsidio y la del programa.
La presente norma también estipula las condiciones en que operará la concurrencia del subsidio familiar de vivienda, en aras de establecer criterios de acceso más favorables para los hogares vulnerables a los cuales está dirigido el beneficio. A su vez, aclara que el avalúo de los bienes fideicomitidos en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.7.1.2.4 del Decreto 1077 de 2015 debe realizarse por un avaluador inscrito en el registro abierto de avaluadores –RAA–, de conformidad con lo establecido en la Ley 1673 de 2013.

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