Falta de traducción del Código de Ética para los profesionales contables origina desactualización.
El Decreto 2270 de 2019 contiene un anexo que no hace parte del proceso regulatorio establecido por la Ley 1314 de 2019, y que incluye artículos de la antigua normatividad, generando incorrecciones.
El Decreto 2270, emitido el 13 de diciembre de 2019, aclaró finalmente cuál es la fecha de entrada en vigor de la NIA 701 y quiénes están obligados a aplicarla.
A los revisores de algunas entidades les concedieron nuevas prórrogas y otros quedaron excluidos.
El 13 de diciembre de 2019 el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió el Decreto 2270, mediante el cual actualiza los marcos normativos vigentes en el país a los últimos avances de los organismos internacionales. Por lo anterior, en los artículos 1 y 2 se incorpora el anexo técnico compilatorio y actualizado 1 – 2019, de las Normas de Información Financiera del grupo 1 al DUR 2420 de 2015, que reemplazaría al anexo técnico compilatorio 1 vigente en la actualidad para este grupo.
Frente al marco de aseguramiento, se compilan los anexos 4, 4.1 y 4.2 del DUR 2420 de 2015 en un único anexo denominado “anexo técnico compilatorio y actualizado 4 – 2019, de las Normas de Aseguramiento de la Información”, el cual incluiría, además, las modificaciones realizadas a las NIA 250, 720, 800, 805, 810 y 3000.
Revisores fiscales y contadores públicos independientes que emiten dictámenes deberán tener en cuenta ciertos puntos en los que la NIA 701 enfatiza. Cabe recordar que desde el 1 de enero de este año ya se debe tener presente la normatividad, sin embargo se está pensando en ampliar el plazo de implementación.
El Mincit publicó para consulta un proyecto de decreto que adicionaría a los marcos de información financiera y de aseguramiento las últimas actualizaciones de los Estándares Internacionales. Se propone la derogatoria integral del Decreto 2649 y una nueva fecha de aplicación de la NIA 701.
En un documento reciente, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública dice: “(…) La presente orientación es de aplicación para revisores fiscales de entidades que no están clasificadas como grupo 1 (…)”, disposición que hemos censurado, por la falta de conocimiento de los argumentos que dieron lugar a ella.
Desde enero 1 de 2019 son aplicables las modificaciones introducidas por el Decreto 2170 de 2017 al marco técnico normativo de las Normas de Aseguramiento de la Información, como, por ejemplo, la incorporación de la NIA 701. Conozca de qué se trata esta norma y cómo impacta su informe de auditoría.
Tras analizar los comentarios de la comunidad contable y de las entidades de supervisión y vigilancia, el CTCP envió al Minhacienda y al Mincit el documento de sustentación con la propuesta final para ampliar el período de implementación y los obligados a aplicar la NIA 701.
La NIA 701 fue introducida a las Normas de Aseguramiento de la Información a través del Decreto 2170 de 2017. Esta norma entró en vigor en Colombia desde el 1 de enero de 2019, por lo que debe estar siendo aplicada por todos los profesionales contables en su proceso de auditoría.
La NIA 701 aborda la responsabilidad que tiene el auditor de determinar y comunicar las cuestiones claves de la auditoría en el informe que este emite. Dicha norma fue introducida a las Normas de Aseguramiento de la Información por el Decreto 2170 de diciembre 20 de 2017.
Hasta el 15 de julio de 2019 la comunidad contable tiene la posibilidad de enviar sus comentarios sobre el documento de discusión del CTCP que pretende cambiar la fecha de entrada en vigor y los obligados a implementar la NIA 701, debido a preocupaciones expresadas por algunas firmas de auditoría.
El CTCP compartió los resultados de las encuestas sobre la aplicación de la NIA 701 realizadas a la comunidad contable colombiana entre marzo y abril de 2019. De manera general, los resultados indican desconocimiento de las fechas de entrada en vigor y de los obligados a aplicar la norma.