La Dian recuerda que las personas naturales o jurídicas sin residencia fiscal en Colombia que no perciban rentas de fuente nacional, o cuando (percibiéndolas) dichas rentas hayan sido sometidas a retención en la fuente, acorde con los artículos 407 a 411 del ET, no están obligadas a presentar declaración de renta, siendo indiferente que aquellas sean extranjeras o nacionales, aun cuando posean un patrimonio en el país.