Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: nombramiento del nuevo revisor fiscal

Oficio 220-191131 de 29-08-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 29 agosto, 2017

Respecto a la renuncia del revisor fiscal y el nombramiento de otro profesional que desempeñe tal cargo, la Supersociedades precisa que si los estatutos sociales no prevén un término para que se produzca el nuevo nombramiento, los órganos sociales encargados deberán hacerlo dentro de los 30 días siguientes al momento de la renuncia, por lo cual, durante este lapso el revisor fiscal seguirá ejerciendo su cargo con total responsabilidad y con los derechos que le son inherentes; si vencido ese término no se produce el nuevo nombramiento ni se realiza el registro de un nuevo revisor fiscal, el revisor fiscal saliente seguirá figurando como tal en el registro mercantil, solo para efectos procesales, judiciales o administrativos.

Concepto 721 de 18-08-2017

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, NORMATIVIDAD Publicado: 18 agosto, 2017

El CTCP recuerda que la Corte Constitucional en Sentencia C-621 de 2003 declaró la constitucionalidad condicionada del artículo 164 del Código de Comercio, señalando un plazo de 30 días para que el máximo órgano social realice la elección o nombramiento del nuevo revisor fiscal, vencido el cual, sin que se cumpla con tal deber, el revisor fiscal deberá dar aviso a la Cámara de Comercio u órgano competente respectivo para que su retiro sea inscrito en el certificado de existencia y representación legal de la sociedad.

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