A través del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 se estableció el mecanismo de obras por impuestos como un incentivo tributario para cerrar las brechas de desigualdad socioeconómica en las zonas más afectadas por el conflicto armado. Empresas ya están aprovechando los incentivos tributarios que se ofrecen.
A través del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 se estableció el mecanismo de obras por impuestos como un incentivo tributario para cerrar las brechas de desigualdad socioeconómica en las zonas más afectadas por el conflicto armado. ¿Qué se debe tener en cuenta para aprovecharlo?
Ecopetrol y el Grupo Energía Bogotá son algunas de las empresas seleccionadas para llevar a cabo proyectos en zonas más afectadas por el conflicto armado para 2019. El Decreto 2469 del 28 de diciembre de 2018 facilita los procedimientos para ejecutar el mecanismo de obras por impuestos.
A través del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 se estableció el mecanismo de obras por impuestos como un incentivo tributario para cerrar las brechas de desigualdad socioeconómica en las zonas más afectadas por el conflicto armado. ¿Qué se debe tener en cuenta para aprovecharlo? El mecanismo de obras por impuestos fue creado […]
En esta nueva selección de proyectos, 41 empresas públicas y privadas estructurarán y construirán proyectos que benefician a 57 municipios de 18 departamentos de Colombia.
A través del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 se estableció el mecanismo de obras por impuestos como un incentivo tributario para cerrar las brechas de desigualdad socioeconómica en las zonas más afectadas por el conflicto armado. ¿Qué se debe tener en cuenta para aprovecharlo?
os contribuyentes acogidos a la figura de obras por impuestos que al 30 de junio de 2019 tengan proyectos aprobados, no podrán descontar el IVA que se genere en el desarrollo de la inversión, ya que la misma no puede ser reconocida por el contribuyente como costo o gasto, y adicionalmente no se destinará a operaciones gravadas con IVA.
El Grupo Energía Bogotá -GEB- informó que su filial TGI logró la asignación por parte del Gobierno del primer proyecto de obras por impuestos, con una inversión que asciende a 8.500 millones de pesos.
15 proyectos fueron aprobados para ser financiados bajo la modalidad de obras por impuestos, por la Agencia para la Renovación del Territorio, el DNP y la Alta Consejería para el Posconflicto.
El artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 define el mecanismo de obras por impuestos como un incentivo tributario que promueve el cierre de las brechas de desigualdad existentes en las zonas más afectadas por el conflicto armado. Dicho mecanismo solo estará vigente hasta el 30 de junio de 2019.
Por medio del mecanismo de obras por impuestos los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, ya sean personas naturales o jurídicas, podrán realizar el pago hasta del 50 % de este impuesto, a través de una inversión en proyectos prioritarios de trascendencia social.
Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que sean personas naturales o jurídicas podrán optar por el mecanismo de obras por impuestos, solo si cumplen ciertas condiciones, incluyendo el haber obtenido en el año anterior ingresos iguales o superiores a 33.610 UVT.