Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: octubre 25 2017

Proyecto de Resolución por el cual se fijaría el valor de la UVT para el 2018

Impuestos, NORMATIVIDAD, Proyectos Publicado: 24 octubre, 2017

La Dian publicó el proyecto de resolución por la cual se fijaría el valor de la Unidad de Valor Tributario –UVT– aplicable por el año 2018.

Proyecto de Decreto por el cual se reglamentaría la distribución del IVA de licores, vinos y aperitivos

Impuestos, NORMATIVIDAD, Proyectos Publicado: 23 octubre, 2017

Por el cual se adicionaría el capítulo 8, título 1, parte 3 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016, único reglamentario en material tributaria, y se reglamentaría la distribución del recaudo de IVA de licores, vinos, aperitivos y similares con destino al aseguramiento en salud.

Concepto 031090 de 22-09-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 22 septiembre, 2017

El Ministerio de Hacienda señala que con la modificación introducida por el artículo 342 de la Ley 1819 de 2016 al artículo 196 del Decreto Ley 1333 de 1986, con la que se estipula que la base gravable del impuesto de industria y comercio comprende la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios, se recoge el criterio expuesto en diferentes pronunciamientos del Consejo de Estado en el sentido de señalar que serán gravados todos los ingresos provenientes del ejercicio de actividades gravadas ya sean ordinarios o extraordinarios, pero, además, persiste el concepto de ingresos obtenidos o percibidos por el ejercicio de actividades gravadas, lo que permite concluir que deben darse o cumplirse los hechos generadores del impuesto en el año gravable para que sean declarados dentro de los plazos que determine la administración municipal para el efecto, en la vigencia fiscal que corresponde al año inmediatamente siguiente junto con el correspondiente pago del impuesto. Además, precisa que la nueva definición de la base gravable del impuesto de industria y comercio contenida en el artículo 342 de la Ley 1819 de 2016 no comprende una ampliación del hecho generador o de los sujetos pasivos del tributo; la norma actualiza los conceptos deducibles, confirma la anualidad del período gravable del impuesto (año gravable) y precisa que serán gravados todos los ingresos provenientes del ejercicio de actividades gravadas ya sean ordinarios o extraordinarios.

Concepto 029245 de 11-09-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 11 septiembre, 2017

El Ministerio de Hacienda señala que, con base en los pronunciamientos del Consejo Técnico del Estado, se encuentran sujetos al impuesto predial unificado los bienes fiscales de las entidades territoriales con personería jurídica que formen parte de la estructura orgánica del Estado, con fundamento en la Ley 489 de 1998 y demás normas que lo modifiquen. Igualmente, reitera que no están gravados con impuesto predial unificado los bienes de uso público por la naturaleza jurídica misma de esos bienes, indistintamente de la entidad pública que los administre. No obstante, cabe señalar que, con base en lo establecido en la Ley 1617 de 2012, los distritos tiene la la posibilidad de gravar con el impuesto predial las construcciones, edificaciones o cualquier tipo de mejora sobre bienes de uso público de la Nación cuando estén en manos de particulares, y para los demás municipios, la de gravar con el impuesto predial los bienes de uso público que sean explicados económicamente en virtud de licencia, concesión o permiso de ocupación temporal por los particulares, en los términos de la Ley 1430 de 2010.

Concepto 703 de 15-08-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 15 agosto, 2017

El CTCP señala que como la entidad no ha preparado su información de acuerdo con la nueva normatividad (al margen de los efectos legales que se puedan generar) debe establecer los efectos retroactivos surgidos del nuevo marco técnico normativo y tratar los ajustes como corrección de errores, afectando la información comparativa del año 2017, lo cual incluye haber efectuado el estado de situación financiera de apertura –ESFA– con corte a diciembre 31 de 2015 e información de 2016. Cabe señalar que el incumplimiento de la obligación de llevar contabilidad con base en los principios de contabilidad de general aceptación en Colombia puede generar sanciones y que dichas sanciones están contempladas en el artículo 58 del Código de Comercio y en normas como el artículo 655 del ET.

Oficio 020869 de 04-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 4 agosto, 2017

Respecto al beneficio identificado como “apoyo económico a la reintegración”, el artículo 3 del Decreto 1391 de 2011 señala expresamente que “no es fuente de generación de ingresos, y no puede ser otorgado de forma indefinida». Lo anterior permite concluir que la finalidad de este beneficio es permitir unas condiciones básicas que faciliten la reintegración a la vida social y económica de quienes vuelven a la vida civil, con un elemento de temporalidad claramente establecido, y que las sumas que perciben en virtud del mismo corresponden a unos mínimos, que por disposición expresa de la norma citada, no tienen vocación de generar renta. Dicha norma se encuentra vigente y se presume legal, razón por la cual el mencionado apoyo económico no está sujeto al impuesto de renta y, por lo mismo, tampoco es objeto de retención en la fuente.

Concepto 664 de 31-07-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 31 julio, 2017

Las notas a los estados financieros no requieren ser firmadas ya que hacen parte integral del conjunto de estados financieros y estos son certificados por el contador público y el representante legal.

Concepto 649 de 27-07-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 27 julio, 2017

El CTCP aclara que las cuentas por cobrar de una copropiedad tienen un componente por cuota ordinaria y otro por el fondo de imprevistos.

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