Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: octubre 7 2019

Oficio 220-101309 de 19-09-2019

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 19 septiembre, 2019

La Supersociedades, mediante el presente oficio, estipuló el procedimiento que deberán realizar los liquidadores una vez aprobada la cuenta final dentro de un proceso de liquidación voluntaria, proceso que quedó de la siguiente manera:
En primera instancia, se debe entregar el remanente a los asociados según su porcentaje de participación. A continuación, si el proceso lo amerita, los liquidadores citarán por medio de avisos a los asociados. Finalmente, y si estos últimos no se presentan, los liquidadores le entregarán a la junta departamental de beneficencia del lugar del domicilio social los remanentes en cuestión. A falta de una junta departamental en tal lugar, los bienes de los socios que no se hayan presentado a recibirlos les serán dados a la junta que funcione en el lugar más próximo.

Concepto 045475 de 11-09-2019

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 11 septiembre, 2019

El Ministerio del Trabajo concluye que la liquidación parcial del auxilio de cesantías procede para que el trabajador adquiera, construya, mejore o libere un inmueble que sea o convierta en su vivienda. La norma no especifica que el trabajador deba ser el único propietario del bien, ni define un porcentaje determinado de propiedad del bien objeto de mejora.

Concepto 39711 de 11-09-2019

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 11 septiembre, 2019

Los rentistas de capital, de manera obligatoria, deberán cotizar a los sistemas de seguridad social en salud y pensiones, y de manera voluntaria al sistema de riesgos laborales. Cabe resaltar que la Ley 1955 de 2019 estableció que el IBC para el sistema de seguridad social por parte de los rentistas de capital es del 40 % del valor mensual de sus ingresos.

Concepto 40815 de 11-09-2019

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 11 septiembre, 2019

El Ministerio del Trabajo concluye que, conforme a lo establecido en el Decreto 723 de 2013, decreto compilado en el DUR 1072 de 2015, los contratistas deben efectuarse un examen médico pre ocupacional, el cual debe ser presentado al contratante durante los seis (6) meses posteriores al perfeccionamiento del respectivo contrato.

Concepto 42429 de 11-09-2019

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 11 septiembre, 2019

Se concluye que, independientemente del tipo de contrato que se suscriba con el trabajador, los exámenes ocupacionales deberán ser cubiertos por el empleador, y deberán practicarse al inicio de la relación laboral y de forma periódica según el tipo, magnitud y frecuencia de la exposición a cada factor de riesgo.

Concepto 39436 de 11-09-2019

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 11 septiembre, 2019

Mintrabajo concluye que, aunque no existe una norma que contemple la obligación por parte del trabajador de devolver la dotación entregada por la empresa a la terminación de la relación laboral, este debe hacerlo en el evento en que esta contenga elementos distintivos que lo identifiquen como trabajador de la empresa.

Concepto 47024 de 11-09-2019

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 11 septiembre, 2019

El Ministerio del Trabajo concluye que el vencimiento del plazo presuntivo como causal objetiva para la terminación del contrato no es razón suficiente que respalde la decisión de desvincular al trabajador oficial en condición de discapacidad.

Concepto 000961 de 11-09-2019

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 11 septiembre, 2019

El Ministerio del Trabajo concluye que aun cuando el trabajador perciba sumas adicionales por el trabajo suplementario o de horas extras que realice que hagan que su salario sea mayor a dos (2) smmlv, el empleador está obligado a cancelarle auxilio de transporte si el salario base es menor a la suma señalada, puesto que cuando exista una interpretación ambigua de la norma se debe optar por la más favorable para el trabajador.

Oficio 220-091121 de 03-09-2019

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 3 septiembre, 2019

La Supersociedades, mediante el presente oficio, respondió cuatro interrogantes relacionados con las acciones de las SAS, estableciendo que en efecto el artículo 45 de la Ley 1258 de 2008 dota de libertad a las sociedades por acciones simplificadas en las estipulaciones contractuales incluidas en su contrato de sociedad, esto en concordancia con lo determinado por el artículo 10 ibídem, en el cual se estipula que se podrán crear diversas clases y series de acciones.
El oficio en cuestión concluye que el pacto sobre distribución de utilidades es una disposición de índole estatutaria, de acuerdo con las determinaciones de la Ley 1258 de 2008, y no es objeto de acuerdo de accionistas según las estipulaciones del artículo 70 de la Ley 222 de 1995.

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