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Etiqueta: Oficio 220-000985 de 2018

Oficio 220-000985 de 09-01-2018

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 9 enero, 2018

Cuando una entidad pública en marcha no se encuentra dentro de las excepciones previstas en el artículo 2.5.6.2 del Decreto 1068 de 2015, es acreedora de una sociedad comercial que se encuentra en un proceso de liquidación judicial o voluntaria, tiene un crédito a su favor que se halla sometido a las resultas del proceso de insolvencia, y dentro del proceso los activos de la compañía deudora no alcanzan para pagar las obligaciones a favor de aquella, debe tener en cuenta que una vez se inscriba en el registro mercantil la providencia que aprueba la cuenta final y se declare terminado el proceso, con la consiguiente extinción del ente jurídico, debe proceder a depurar la cartera de imposible recaudo por inexistencia probada del deudor o su insolvencia demostrada que impida ejercer o continuar ejerciendo los derechos de cobro, siguiendo para el efecto el procedimiento señalado en el Decreto 1068 de 2015.

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