Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: Oficio 220-084271

Oficio 220-084271 de 31-05-2018

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 31 mayo, 2018

La Supersociedades, mediante la presente normatividad, hace alusión al Oficio 220-040565 de 2018, en el cual se indagó respecto a la posibilidad de ceder o transmitir la experiencia en los procesos de fusión o escisión.
La Superfinanciera señala que, si por medio de un proceso de fusión se integran el patrimonio y las empresas de las sociedades participantes, la sociedad absorbente puede aducir como suya la experiencia de la sociedad absorbida, ya que la experiencia hará parte del patrimonio de la primera. Cabe resaltar que la cámara de comercio tiene la potestad para realizar el debido proceso ante el Registro Único de Proponentes –RUP– y, a su vez, las entidades contratantes tienen la potestad para aceptar o no la experiencia.

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