¿Cómo se contabiliza una readquisición de acciones con prima?, ¿cómo se contabilizan cuando se readquieren por debajo de su valor nominal?
¿Cómo deben contabilizar los ingresos las agencias de viajes? ¿La sola emisión de la factura implica reconocer ingresos aun sin haber incurrido en gastos?
¿Puede reducirse la ganancia ocasional o renta líquida valorando un activo antes de venderlo? ¿Cuál es el tratamiento contable y fiscal de la venta de activos?
¿Comprar un inmueble por un precio inferior al del mercado es una ganancia? ¿Estas ganancias son gravadas con el impuesto de renta?
¿Los Estándares Internacionales permiten amortizar gastos como las comisiones, costos de transacción o los gastos de mantenimiento?
Los activos que se miden por el modelo del costo-depreciación-deterioro deben evaluarse con el fin de estimar, entre otros aspectos, su valor residual. Si la entidad no estima adecuadamente los valores residuales de sus activos, las depreciaciones serán más altas o más bajas de lo que deberían.
La revaluación de los elementos de la propiedad, planta y equipo genera incrementos patrimoniales que deben ubicarse en el “otro resultado integral” –ORI–. Este superávit puede reclasificarse a resultados, a medida que se deprecia el activo o, en su defecto, cuando este sea vendido.
De acuerdo con el CINIIIF, las criptomonedas son activos intangibles o inventarios que deben contabilizarse según la NIC 38 o la NIC 2.
El CTCP, por su parte, adopta una posición distinta y recomienda que los criptomonedas se contabilicen en una categoría separada de activos.
La vida útil fiscal de un activo debe ser la misma que se determina para efectos contables de conformidad con los lineamientos del marco técnico normativo al que pertenece la entidad, sin exceder los límites establecidos en el artículo 137 del Estatuto Tributario. Conoce más detalles a continuación.
La exención fue aprobada por medio del Decreto 1432 de 2020 para las entidades del grupo 1 de convergencia, y permite que las concesiones de arrendamiento relacionadas con el COVID-19 se contabilicen como si no fueran modificaciones del contrato de arrendamiento. Conoce más detalles a continuación.
El Decreto 1432 de 2020 permite aplicar en los estados financieros de 2020 de las entidades del grupo 1 una exención en la contabilización de las concesiones de arrendamiento relacionadas con el COVID-19.
En este editorial explicamos, mediante ejercicios prácticos, cómo contabilizar dicha exención.
El inventario retirado para consumo propio o para que forme parte de un activo debe darse de baja de la contabilidad, utilizando como contrapartida una cuenta del gasto o del activo, según corresponda.
Según los artículos 421 y 458 del ET, este hecho genera un IVA asumido para el contribuyente.