Los parqueaderos están en la obligación de responder por el robo de bienes y objetos que se encuentran en el interior de los vehículos bajo su supervisión. Así lo indican el Decreto 4886 de 2011 y la Ley 1480 de 2011. En la Superindustria puede instaurar la respectiva denuncia.
A continuación se presentan 6 respuestas clave relativas a los vehículos y se indican varias formas de proceder que serán de gran utilidad en situaciones relacionadas con estos. Estas son realizadas por nuestros consultores especializados en la materia.
La utilización del parqueadero por parte del propietario de un inmueble sujeto a propiedad horizontal que se encuentre deshabitado podrá ejercerse sin restricción, siempre que no contraríe la ley ni tampoco sea utilizado el mismo por el arrendatario que posea vehículo.
El solo hecho que yo estacione mi carro en una zona donde alguien la esté administrando, de forma gratuita o cobrando, obliga a esta persona a hacerse responsable del mismo y debe correr con los gastos en caso que exista algún tipo de daño.
Muchas P.H. tienen escases de parqueaderos comunes, lo que les genera toda clase de problemas entre los residentes. Por ello, en muchos casos, han decidido convertir otras zonas comunes en parqueaderos, pero esa práctica requiere un trámite.
Si bien en la Propiedad Horizontal las zonas comunes son para su libre utilización por parte de los propietarios y residentes, éstas podrían ser cobradas y así constituirse en un ingreso mas para el sostenimiento general.