Como es de conocimiento general en el ámbito de los contadores públicos, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide anualmente el decreto de plazos para la presentación y pago de los diferentes impuestos nacionales, documento que pretende constituir un derrotero para que los contribuyentes den cumplimiento a sus obligaciones formales y sustanciales.
Si en el RUT un contribuyente aparece como exportador, pero nunca ha realizado importaciones, ¿por ese solo hecho quedaría obligado a presentar la declaración de IVA bimestral?
Desde enero de 2017, ¿el plazo para cancelar el 100% del valor de las declaraciones de retenciones y autorretención es de dos meses a partir del vencimiento del plazo para declarar?
Resuelta en febrero 16 de 2017