A la hora de proyectar costos y actividades del proceso de convergencia, en la mayoría de los casos se piensa en primera instancia en la elaboración de las políticas contables; sin embargo, hay un documento introductorio que las precede.
En las políticas contables bajo estándares internacionales de una empresa, se determinó que los activos de menor cuantía se manejan directamente al gasto. Para la contabilidad fiscal, ¿se pueden manejar de igual manera o necesariamente se deben llevar a contabilizar en los activos y depreciarlos en un mismo año?
Las Normas Internacionales de Información Financiera no abordan la composición del patrimonio de las entidades, y mucho menos lo hace con relación a estas de tan específico tratamiento. Las políticas contables para este aspecto dependerán de otros tres factores.
El estado de situación financiera de apertura –ESFA– no es un informe que se deba publicar; la entidad solamente debe elaborarlo y guardarlo junto con toda la documentación soporte como un documento interno. Si el ESFA se prepara con unas políticas contables diferentes a las de los primeros estados financieros bajo el Estándar Internacional para Pymes, la información pierde utilidad.
Para determinar la responsabilidad del revisor fiscal frente a la inclusión de consideraciones al respecto de la implementación de Estándares Internacionales, es importante precisar y recordar el alcance de los dictámenes de los revisores fiscales.
Si se auditaron estados financieros del 2012 y en el 2013 se realizó un cambio de política de estimación o se detectó un error, ¿se debe reexpresar el dictamen del 2012?
No es obligatorio que todo el grupo económico maneje el mismo tipo de políticas contables. Lo importante es realizar la consolidación, tal como lo sugiere la NIIF 10 y la Sección 9 del Estándar Internacional para Pymes.
¿Cómo definir las políticas para el patrimonio de una entidad sin ánimo de lucro?
Los efectos en las cifras financieras de una entidad se deben ver reflejadas de forma retroactiva o prospectiva dependiendo del cambio en las políticas contables que se presenten. Por lo anterior, se debe tener claro si se está frente a un cambio de política contable o a una estimación contable.
Aunque por regla general un ajuste en políticas contables obliga a una aplicación retroactiva de la misma en información financiera anterior, hay ciertos casos en los que dicha obligación puede exceptuarse y hacer una aplicación prospectiva.
Aunque ni la ley, ni los decretos expedidos establecen expresamente quiénes deben aprobar las políticas contables, estas deben tener el visto bueno de la junta directiva, aunque sean elaboradas por la gerencia de la empresa. Eso sí, no es recomendable que sean hechas por personas externas a la compañía.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Fecha de acta de establecimiento de políticas contables posterior a la del Estado de situación financiera de apertura.