Supersociedades. Aclara la aplicación del articulo del articulo 17 de la Ley 1116 en materia de prelación de créditos en proceso de reorganización.
Ministerio de Protección Social. Se dictan disposiciones del proceso de liquidación del Instituto de Seguros Sociales (ISS), se determina que el Fondo Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales Colombia será el encargado de adelantar los procesos de cobro coactivo iniciados por la entidad, al concluir la liquidación la Fiduciaria La Previsora S. A. tendrá un plazo de tres meses para realizar las actividades post cierre y de entrega al patrimonio autónomo que se constituya, entre otras.
Supersociedades. Se determinan precisiones sobre las diferencias que se pueden presentar en una liquidación voluntaria y en una obligatoria.