Fijar requisitos de calidad e idoneidad para bienes y servicios, imponer multas hasta por 2.000 smmlv y ordenar el cierre del establecimiento hasta por 180 días o el cierre definitivo, son acciones de la SIC, si encuentra productos que atenten contra la salud y vida de los consumidores.
Con el Decreto 679 de 2016, los empresarios están obligados a informar a la SIC sobre los productos que puedan causar o hayan causado daños sobre la salud, vida o seguridad de las personas.
Importadores, fabricantes, distribuidores y comercializadores de juguetes para niños, dispositivos electrónicos o vehículos, entre otros productos que puedan o hayan causado perjuicio a la salud, tendrán hasta tres días calendario, a partir del momento en que conozcan el caso, para reportar este tipo de bienes inseguros ante la SIC.