Dentro de un proceso judicial, la “comisión” es una figura con la que se le encomienda a otra autoridad judicial o administrativa, distinta a la que lleva el proceso, la realización de ciertas actuaciones que deben adelantarse y que no puedan materializarse por el juez que adelanta dicho proceso.
Este poder especial se utiliza para solicitar la práctica de inspecciones judiciales, peritaciones, exhibición de documentos, libros de comercio, cosas muebles y reconocimiento de documentos, de conformidad con lo establecido en los artículos 184 y siguientes del Código General del Proceso.