Tanto en el documento aprobado en las comisiones económicas como en el del Senado, la semanada pasada, se observa que los congresistas no han caído en cuenta de la equivocada redacción con la que pretenden aprobar una modificación al art. 334 del E.T. Además, si este se modifica también se deberá hacer lo mismo con el art. 330, aspecto que no han tenido en cuenta hasta el momento.
En el proyecto de reforma tributaria que aprobaron las comisiones económicas del congreso el pasado 26 de noviembre se contempla aplazar el desmonte del 4 x mil, ya no se produciría entre 2015 y 2018 sino entre 2019 y 2021. Por tal motivo, la propuesta también contempló aplazar la aplicación de la norma del artículo 771-5 del E.T., conocida como bancarización y que a partir del año gravable 2014 le ponía límite a los costos y gastos pagados en efectivo. Esta norma solo empezaría a aplicarse a partir del año gravable 2019.
En el proyecto de la nueva reforma tributaria se establece que los “contribuyentes del impuesto de renta”, tanto del régimen ordinario como del especial, y solo con ciertas excepciones, responderían por el nuevo impuesto a la riqueza. En este caso, ¿quedarían sujetas a este impuesto las copropiedades comerciales o mixtas que estén explotando sus áreas comunes?
El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, dio a conocer ante las comisiones económicas, 3ª y 4ª de Senado y Cámara, el proyecto de ley con el cual se establece la Reforma Tributaria para el año 2014. Senadores y Representantes expusieron críticas al proyecto que serán analizadas la próxima semana en primer debate.