De acuerdo a lo indicado en el nuevo artículo 512-14 del ET, creado con el artículo 206 de la Ley 1819 de 2016, a todo responsable del régimen común del INC le aplicaría la misma regla del artículo 505 del ET que exige permanecer 3 años en el régimen común antes de poder pasarse al simplificado.
El proyecto de reforma tributaria estructural plantea adicionar hechos generadores del Impuesto Nacional al Consumo –INC–. Así mismo, propone modificar los requisitos para pertenecer al régimen simplificado de este y reglamentar sobre las obligaciones de los responsables del INC.