El régimen excepcional de Salud es aquel sistema de seguridad social que ofrece cobertura a regímenes exceptuados, aquellos sectores de población que siguen rigiéndose por las normas legales imperantes en sistemas de seguridad social concebidos con anterioridad a la entrada de la vigencia de la ley 100 de 1993, o los que se regulen en forma especial para los mismos.
Cuando un maestro del sector público se pensiona y queda cobijado por un régimen especial, goza de dos pensiones, la de vejez o jubilación y la de gracia. Como lo ha ratificado el Ministerio de Protección Social, sobre ambos ingresos se cotiza a salud y si sigue trabajando, cotiza tres y hasta cuatro veces a salud.