La Corte Suprema dijo que el despido es justo en los casos en los que se perturbe el clima laboral. En un fallo de julio pasado, la Corte Suprema de Justicia estableció que si el clima laboral se ve perturbado por sostener una relación extramatrimonial con la pareja sentimental de un compañero de trabajo, esta podría ser una causal de despido.
El empleador no puede despedir a sus trabajadores porque estos tengan relaciones sentimentales entre sí, pues este no es un asunto laboral. Si llegare a hacerlo, deberá pagar indemnización por despido injustificado. Otra cosa son actos inadecuados o inmorales en el lugar de trabajo.