En vista de la semejanza que existe entre Rentas Exentas e Ingresos no Constitutivos de Renta ni Ganancia Ocasional –INCRNGO–, les mostraremos una diferencia bastante importante para quienes puedan acogerse al beneficio tributario de alguna de estas dos figuras.
Las rentas exentas son un tipo de ingresos que, aun siendo ingresos fiscales, no están sujetos al impuesto de renta y complementarios, ya que la Ley les ha otorgado el beneficio de gravarse con tarifa cero (0). En términos generales, las rentas exentas son “aquellas utilidades netas fiscales obtenidas en el ejercicio y provenientes de la explotación de ciertas actividades económicas expresamente beneficiadas en las normas fiscales”[1]