El régimen de entidades controladas del exterior fue introducido por la Ley 1819 de 2016, como una medida antielusión y antievasión internacional que busca proteger la base gravable y contrarrestar el riesgo de que los contribuyentes trasladen sus beneficios a entidades no residentes.
El régimen de entidades controladas del exterior es una novedad que introdujo la Ley 1819 de 2016 al Estatuto Tributario. A este régimen deben someterse los residentes colombianos que tengan una participación igual o superior al 10 % en el capital o en los resultados de este tipo de entidades.