Los únicos que no presentarán el Formato 1002 son aquellos agentes de retención que presentaron en ceros durante el 2008 todos sus formularios de retenciones en la fuente por causa de no haber practicado o asumido ninguna retención. Sin embargo, si los formularios se presentaban en ceros cada mes, no por ausencia de retenciones practicadas o asumidas con terceros sino por culpa de las devoluciones, anulaciones o rescisiones de retenciones, en ese caso sí se tendrá que entregar el reporte.