El párrafo 5 de la Sección 17 de la NIIF para pymes indica que las piezas de repuesto y el equipo auxiliar se registran habitualmente como inventarios, y serán reconocidos en el resultado del período en el momento en que sean consumidos. Sin embargo, las piezas de repuesto a los que se les evalúe como de suma importancia y el equipo de mantenimiento permanente, serán reconocidos como propiedades, planta y equipo si la entidad espera utilizarlos más de un período.