Que un contribuyente sea considerado residente o no para efectos fiscales, tiene incidencias en los tipos de patrimonio y rentas que tendría que declarar ante el Gobierno colombiano. Con las novedades de la reforma tributaria son varios los nuevos aspectos a considerar.
Teniendo en cuenta los principales cambios introducidos con la Ley 1819 de 2016 al impuesto de renta de personas naturales y/o sucesiones ilíquidas, a continuación se presenta un cuadro que resume las principales diferencias y similitudes existentes entre estos según su residencia.
Para efectos fiscales, que un contribuyente sea considerado residente o no residente tiene incidencias en los tipos de patrimonio y rentas que tendría que declarar ante el Gobierno colombiano. En esta herramienta se presentan los aspectos a tener en cuenta si llega a ser o no considerado residente.
En esta matriz se podrá determinar, conforme a las respuestas suministradas por el usuario, si una persona natural es residente o no para efectos fiscales, según las condiciones del artículo 10 del ET modificado por el artículo 2 de la Ley 1607 de 2012 y reglamentado por el Decreto 3028 de 2013.