Así lo confirma la Resolución 000070 de 2019, lo cual implica que la Dian dejará de contar con información importante de las operaciones ocurridas durante el año gravable 2020.
En comparación con la exógena del año gravable 2019, la del año gravable 2020 tendrá 23 novedades importantes.
Al comparar el texto de las resoluciones 011004 de 2018 y 000070 de 2019, se observa que por el año gravable 2020 las personas jurídicas inscritas en el SIMPLE entregarán una mayor cantidad de reportes de información exógena en comparación con la que entregaron por el año gravable 2019.
Los establecimientos permanentes en Colombia que sean propiedad de personas naturales no residentes o de personas jurídicas extranjeras estarán obligados a entregar la mayoría de los reportes por el año gravable 2020.
Para saber si una persona natural tiene que reportar información del año gravable 2020, solo deberán evaluarse los ingresos del año inmediatamente anterior y no los ingresos brutos que obtuvo dos años atrás.
La anterior situación también aplica para las personas jurídicas.
Por medio de la Resolución 011004 del 29 de octubre de 2018 la Dian estableció las instrucciones para la presentación de la información exógena correspondiente al año gravable 2019.