En el marco del Sistema Técnico de Control establecido por la Resolución 00019 de febrero 24 del 2016, será obligatorio notificar la recepción de la factura electrónica a través de la emisión electrónica de una certificación de recibida. Lo anterior obligaría a que las empresas colombianas se amolden a diferentes formatos de dicha notificación que sus clientes deben adoptar.
Las personas naturales o jurídicas obligadas a expedir factura electrónica, así como también los que opten por hacer dicha expedición de manera voluntaria, deben realizar el trámite de habilitación del facturador electrónico; los primeros en un tiempo límite y los segundos en cualquier ocasión.