La Resolución 0055 de julio 14 del 2016 redefinió el proceso que se deberá agotar para realizar los trámites de solicitud de autorización, habilitación o inhabilitación de la numeración de las facturas de venta y algunos documentos equivalentes a factura de venta.
Quienes expidan documentos equivalentes a la factura de venta seguirán exonerados de la tarea de solicitar autorización de la numeración, excepto si lo que expiden son facturas electrónicas o tiquetes de máquina registradora con el sistema POS.
A través de la Resolución 0055 de julio 14 del 2016 la DIAN derogó su anterior Resolución 3878 de 1996 y ha vuelto a redefinir el proceso que se deberá agotar para realizar los trámites de solicitud de autorización, habilitación o inhabilitación de la numeración de las facturas de venta y algunos documentos equivalentes a factura de venta. Dichos trámites ya no se seguirán haciendo presencialmente sino de forma virtual y en estos se deberá acreditar que se posee una cuenta bancaria abierta en una entidad financiera. La DIAN se tomará los siguientes 6 meses para implementar estos cambios.