Ese fue el plazo que la Junta Central fijó en el art. 14 de su Resolución 013 de enero 29 de 2014. Esta tarea se debe cumplir virtualmente y sin ningún costo. Si no se cumple, en los nuevos certificados de antecedentes disciplinarios cuyo diseño cambió desde el 9 de mayo de 2014 se hará figurar la advertencia de que el Contador o la Firma de Contadores no han actualizado sus registros.