A partir del 1° del abril de 2014: Para hacer las solicitudes de devoluciones y/o compensaciones de saldos a favor se debe tener presente la Resolución 0151 de noviembre de 2012, modificada con la 0057 de 2014. Con esta modificación aumentaron los formularios y formatos para una solicitud virtual de devolución de saldos a favor indicando que a partir de abril 1 de 2014 todos los solicitantes de devoluciones o compensaciones que tengan firma digital también deberán hacer la solicitud de forma virtual.
A través de la Resolución 0151 de nov. 30 de 2012 se reglamentó el art. 22 del Decreto 2277 de nov. 6 de 2012. Por tanto, a partir de enero 1 de 2013 Los Grandes contribuyentes quedan obligados a hacer sus solicitudes de forma virtual diligenciando 11 nuevos formularios y 10 formatos en XML. Los demás lo podrán hacer virtual o presencialmente pero en este ultimo caso deberán diligenciar los formatos en XML que se diseñaron en la resolución.