Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: Resolución 973 de 2015

Resolución 0000820 de 29-09-2017

Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 29 septiembre, 2017

Considerando que el artículo 10 de la Resolución 973 de 2015 establece que la tarjeta profesional debe entregarse personalmente al solicitante en el mes siguiente a su expedición, y que el artículo 11 de la misma resolución señala que la Junta Central de Contadores debe almacenar la tarjeta profesional por el término de seis meses contados a partir del mes siguiente a la fecha de expedición; el Comité de Registro de la Junta Central de Contadores, en su sesión del 29 de septiembre de 2017 ordenó la destrucción de 16 tarjetas de contadores públicos, 8 tarjetas profesionales de entidades prestadoras de servicios propios de la ciencia contable y 33 duplicados de tarjeta profesional de contador público, que excedieron los límites establecidos por la norma.

Circular 000-0001 de 11-08-2017

Circular, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 11 agosto, 2017

El 11 de agosto de 2017 la Junta Central de Contadores –JCC– expidió la Circular 000-0001 con la cual establece lineamientos sobre algunos aspectos esenciales en el trámite por primera vez de la tarjeta profesional de contador público. Con dicha circular se precisa entre otros que, para acreditar la experiencia técnico contable el solicitante debe presentar una constancia que cumpla los requisitos establecidos en los artículos 29, 30 y 31 de la Resolución 973 de 2015, la cual debe ir firmada por el representante legal y el revisor fiscal, en caso de que quien la expida sea una persona jurídica de naturaleza privada obligada a tener revisor fiscal; si quien la emite es una persona jurídica privada que no se encuentra inscrita en la Cámara de Comercio, se deberá adjuntar Certificado de Existencia y Representación Legal y RUT completo, con fecha de expedición no mayor a 30 días. Así mismo, cabe señalar que dicha constancia deberá estar acompañada de mínimo dos documentos soportes que acrediten mínimo dos de las actividades relacionadas en la misma.

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