Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

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Reunión por derecho propio: condiciones para llevarla a cabo

Derecho Comercial Publicado: 4 julio, 2016

La normatividad en materia de sociedades señala que todo órgano social debe reunirse en junta de socios o asamblea general ordinaria por lo menos una vez al año, dentro de los 3 meses siguientes al vencimiento de cada ejercicio.

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