Como es normal, mensualmente debemos liquidar los pagos de Salarios, Prestaciones Sociales y Seguridad Social. Pero no todos los meses del año son de 30 días…
Con frecuencia el trabajador reclama a su empleador por la forma y el día que éste último le retiene los porcentajes que le corresponde pagar al trabajador por su Seguridad Social. ¿Cuál es la forma de hacerlo?
Muchas empresas están pagando gran parte del salario con bonos de compra, creyendo que así pagarán menos por prestaciones sociales y aportes a seguridad social. Como aquí vemos, esto no es verdad. ABC rápido.
La Retención en la Fuente por el concepto de salarios solo se debe practicar en el momento de su pago y no en el de su causación. Además, y según doctrina de la DIAN, cuando llegue el momento de pagarlos se debe efectuar un procedimiento especial para poder definir y practicar la retención.
Salario en especie no puede superar el 30% del mínimo.
Congreso de Colombia. Por medio de la cual se modifican y adiciones aspectos generales de la relación laboral contenidos en el Código Sustantivo del Trabajo.