Tres demandas de inconstitucionalidad atacan los límites que la Ley 1823 de 2017 impuso a la obligación de adoptar salas de lactancia en las empresas privadas.
Así lo indicó la ministra de Trabajo, Clara López, respecto a la nueva ley que aumenta el periodo de la licencia de maternidad, ante el reparo formulado por algunos empresarios y gremios, quienes consideran que la norma podría generar una menor contratación de mujeres.
El uso de estas salas no exime al empleador de reconocer y garantizar el disfrute de la hora de lactancia. Las empresas privadas con capitales iguales o superiores a 1.500 salarios mínimos, así como las que no alcancen ese monto pero tengan más de 50 empleadas, están obligadas a cumplir la norma.
El Ministerio de Salud y Protección Social vigilará y controlará la implementación y funcionamiento de las salas. Minsalud contaría con seis meses para establecer los parámetros técnicos para la puesta en operación de estos recintos.