Los activos intangibles son aquellos que no tienen apariencia física o corporalidad. El tratamiento para este tipo de activos se encuentra definido en la sección 18 del Estándar para Pymes.
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Los activos intangibles se pueden clasificar según su forma de incorporación a los estados financieros. De esta clasificación dependerá su reconocimiento y medición. A continuación, profundizamos al respecto.
Un activo intangible es identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física. Con relación a ello, la sección 18 del Estándar para Pymes establece que no se podrán reconocer como activos intangibles aquellos que hayan sido formados, sino solamente los adquiridos.
Las marcas son signos comerciales que permiten identificar bienes, servicios o establecimientos comerciales en el mercado. Las entidades pueden construirlas internamente o adquirirlas de otras compañías mediante una transacción comercial. Examinamos en qué casos pueden reconocerse como intangibles.
Algunos activos intangibles no tienen una duración determinada durante la cual puedan utilizarse, debido a que por sus condiciones la entidad que los posee puede hacer uso de ellos indefinidamente. El tratamiento contable de esta clase de activos difiere si se trata de una entidad del grupo 1 o 2.
Las pólizas de seguros deben ser analizadas desde el marco conceptual, con el fin de evaluar si cumplen con la definición de activo, qué tratamiento darle y cómo afecta posteriormente el estado de resultados de la entidad. En la esencia de un negocio de aseguramiento intervienen varias partes; la aseguradora, entidad responsable del riesgo cubierto: el asegurado, quien paga la póliza y tiene un interés asegurable, y el beneficiario, quien en un momento dado podría obtener la indemnización por cualquier concepto que pague la aseguradora.
En algunas ocasiones la Administración Pública concede ciertos beneficios a las empresas nacionales, con el fin de potencializar su desempeño e impulsar el mercado nacional; tal es el caso de la entrega de cupos para el transporte público, por parte de la Administración municipal.
El párrafo 2 de la Sección 18 de la NIIF para pymes indica que un activo intangible es un activo identificable de carácter no monetario y sin apariencia física, controlado por la compañía y que genera beneficios; son estas las condiciones que se deben evaluar a la hora de determinar si puede o no reconocerse como intangible.